sábado, 13 de marzo de 2010

Remate: casa en Villa El Salvador (Partida N° PO3016225)

[A continuación se transcribe un aviso judicial sobre el remate al que se hace referencia; sin embargo, si el texto no le resulta comprensible, en todo o en parte, puede dirigir su consulta a nuestro correo: negociossegurosperu@gmail.com
Sólo le pedimos ser específico y claro al formular la pregunta.]


REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra JACINTO VIERA QUIROZ, JAIME JACINTO VIERA LEGUIA Y TEODORA LEGUIA ALARCON DE VIERA y como tercero LOPEZ TERCERO CIRCUCICIONA QUIROZ, sobre ejecución de garantías. Expediente N° 5520-2009, el 15° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima, a cargo del Juez José Miguel Hidalgo Sánchez, Especialista Legal Ever Bocanegra Llanos, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien INMUEBLE: constituido por el Lote 5 Manzana I, Pueblo Joven de Villa El Salvador, Segundo Sector, Grupo Residencial 17, distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en el Asiento N° 2 del Código Predio N° PO 3016225 del Registro Predial de Lima - Zona Sur. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación asciende a la suma de $ 64,414.65 (Sesenta y cuatro mil cuatrocientos catorce con 65/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: Dos terceras partes de la tasación, ascendente a la suma de $ 42,943.01 (Cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y tres con 01/100 dólares americanos). AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de $ 75,000.00 dólares americanos, mediante Escritura Pública de fecha 25/07/1997 otorgada ante Notario Público Antonio Vega Erausquin. Inscrito en el Asiento D00004 de la PO 3016225. FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día viernes 12 de marzo del 2010 a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates N° 1 del Piso 1 del Edificio Alzamora Valdez, ubicado en el cruce de las Av. Abancay y Nicolás de Piérola s/n, Cercado de Lima. Los POSTORES oblarán el 10% del valor de la tasación del bien mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial correspondiente y su DNI, suscribiendo dicho arancel con el número de expediente, juzgado y generales de ley. Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de acuerdo al arancel aprobado por Decreto Supremo 008-2005-JUS: Roody Willver Cáceres Torres. Martillero Público, Registro N° 183 (celular 99-416*0142).- ROODY CACERES TORRES - MARTILLERO PUBLICO - Reg. N° 183.- PODER JUDICIAL - EVER GASTON BOCANEGRA LLANOS - ESPECIALISTA LEGAL - 15° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.-

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